Un arma secreta para morosos comunidades de vecinos

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En caso de existencia de competición del deudor al pago de la cantidad exigida por el acreedor, el asunto se resolverá definitivamente en litigio que corresponda (verbal u ordinario), teniendo la sentencia que se dicte fuerza de cosa juzgada.

La semana pasada recibe una carta de la Asesoría que lleva la Sucursal de la Comunidad comunicándola que si en el plazo de 10 díGanador no pagase los 60€ que restaban de la derrama la meterían en un causa con el correspondiente coste de las costas y demás gastos derivados del proceso.

Utilices o no una zona u otra de la comunidad, estás obligado a satisfacer la cuota de la comunidad de vecinos entera, incluso en caso de que no vivas allí, sigues teniendo la obligación de contribuir en los gastos y derramas de la comunidad. 

Lo primero que debemos preguntarnos es si vamos a un procedimiento monitorio o a un procedimiento declarativo, máxime cuando tenemos la seguridad que el demandado se va a oponer. La presentación de la deuda a través del proceso monitorio tiene sus ventajas:

 En este punto, el papel del administrador de la finca "es fundamental a la hora de contabilizar la deuda e intermediar con el deudor para evitar que persista la situación de morosidad".

Hay que rememorar que cuando la Comunidad inicie un procedimiento monitorio, no es necesario cumplimentar la tasa que a tal fin se puso en marcha con el maniquí 696.

*No es conveniente anunciar las deudas de los vecinos en un lugar público de la comunidad, puesto que se podrían tener problemas en cuanto a privacidad.

Quisiera memorizar qué puedo hacer para «forzar» a los morosos a abonar y si se puede anunciar el lista de morosos en los comunicados que se envían individualmente a los vecinos para que así todos los vecinos estén al tanto de quiénes son los morosos. Gracias

Se que son varias cuestiones morosos comunidades de vecinos las que planteo en éste escrito, muchas gracias por su atención y recibid un cordial saludo.

Normalmente, las comunidades de vecinos con morosos suelen utilizar para cobrar el denominado procedimiento monitorio. Se prostitución de un mecanismo admitido que permite a los afectados cobrar deudas de carácter dinerario de forma rápida, sin embargo que no se necesita ni abogado ni procurador y solo es necesaria la celebración de una traza frente a el árbitro.

Despachar una carta certificada o Burofax para acreditar la comunicación de la deuda, con registro de data y constancia de recibo del vecino.

Cuando no existe examen del deudor ni se atiende el requerimiento de suscripción, el ilustrado de la Sucursal de Justicia dictará decreto dando por terminado el proceso monitorio y atinará traslado al acreedor para que inste el despacho de ejecución, siendo suficiente para ello la mera solicitud, sin falta de que transcurra el plazo de 20 díCampeón previsto en el art. 548 de la LEC.

¿¿¿Se puede despachar a todos los vecinos una carta anunciando que pisos son los morosos y el tipo de deuda que tienen???

Si, por cualquier motivo, no se comunicara la transmisión de la propiedad, "el antiguo propietario continuaría respondiendo de las deudas con la comunidad devengadas con posterioridad a la transmisión de forma solidaria con el nuevo titular".

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